La licencia de paternidad es el derecho que tienen los padres trabajadores de la actividad pública y privada a pasar tiempo con sus hijos recién nacidos y además ser remunerados.
En países como Suecia se otorgan 480 días de licencia, en Estados Unidos 84, en Finlandia 54, en Ecuador 25, en Colombia 14 y en Venezuela 8 días.
En el Perú, según la ley Nº 29409, se concede el derecho de licencia de paternidad con 4 días hábiles consecutivos. El inicio de la licencia se computa desde la fecha que el trabajador indique, comprendida entre la fecha de nacimiento del nuevo hijo(a) y la fecha en que la madre o el hijo o hija sean dados de alta por el centro médico respectivo.
El padre debe comunicar a su empleador con una anticipación no menor de 15 días respecto a la fecha probable del parto.
En caso de incumplimiento, el trabajador podrá denunciar a su empleador ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). La multa puede oscilar entre 5UIT y 100UIT.